El inicio de 2019 ha estado marcado por los cambios normativos que la DGT había venido preparando durante los últimos meses. Son varios los puntos modificados en el Reglamento General de Circulación. Entre estos, destaca la actualización de los límites de velocidad.
Se trata de cambios que nos afectan a todos de forma directa. Pero en el caso de los profesionales del transporte son modificaciones clave a tener en cuenta para evitar posibles sanciones por desconocimiento. Hablamos de conductores tanto de taxi, como de VTC, de transporte de mercancías, de pasajeros, etc.
Nuevo límites: más allá de los 90 km/h
A partir del 29 de enero cambia la #velocidad máxima en #ctrasconvencionales. Y depende del tipo de vehículos.
Para los de 3 ruedas o cuadriciclos es de 70 km/h en vías donde se les permita circular 👉ℹ️ https://t.co/Zm4mZAAHpU#MejorMásDespacio 💟 pic.twitter.com/pPZAuDOF66— Dir. Gral. Tráfico (@DGTes) 27 de enero de 2019
La DGT quiere actuar sobre la velocidad al considerar esta un factor de riesgo que puede reducir sus peligros al instar a los conductores a disminuirla. Según apuntan desde el ente público, recortar mínimamente esos límites de velocidad puede traer consigo un gran beneficio. Sobre todo en siniestralidad.
Con esa vocación se ha consolidado la última reforma, en vigor desde el 29 de enero de 2019. El gran cambio afecta a los carreteras convencionales de nuestra red. Estas dejarán de diferenciar entre un límite de 90 km/h y 100 km/h. La velocidad máxima será de 90 km/h.
Además, la normativa incluye más detalles que conciernen, en especial, a los profesionales. Y es que esa misma limitación se reduce hasta los 80 km/h para cierto tipo de vehículos (entre otros):
- Camiones y tractocamiones.
- Furgones y furgonetas.
- Autocaravanas con más de 3.500 de MMA.
- Vehículos articulados y con remolque.
- Autobuses sin sistemas de retención.
Nuevos límites a la vista en vías urbanas
La modificación de los límites de velocidad afecta a algo más de 11.800 kilómetros de los 165.000 que componen la Red Nacional de Carreteras. El Reglamento General de Circulación establece una excepción para las carreteras convencionales de la red que cuenten con una separación física para los dos sentidos de circulación. En estos casos, el titular de la vía podría elevar la velocidad para turismos y motocicletas hasta los 100 km/h.
Aparte de esta modificación, la DGT vislumbra otra que afectaría a la reducción del límite de velocidad máxima en ciudad. De este modo, se planifica que algunas vías urbanas cuenten con límites máximos de 20 km/h, en un escalón más allá de los ya conocidos 30 km/h.
Los profesionales afectados por el cambio de la velocidad
Esta última reforma afectaría en especial a aquellos que realizan su labor profesional en los núcleos de las ciudades. Taxistas, conductores de VTC, flotas de reparto, etc… Les espera, por tanto, una actualización de las velocidades empleadas tanto en vía urbana como en interurbana. Del mismo modo, los profesionales del transporte se verán obligados a adaptar su velocidad en carretera.
La aplicación de Coyote ya está actualizada con los límites de Madrid, y desde el 14 de febrero ya está disponible para los Coyote Mini y S. Además, actualmente ya ha sido actualizado el cambio de 100 a 90 km/h que afecta a los radares en las vías convencionales.
Estos cambios en los límites de velocidad implican un reajuste de la velocidad a la que multan los radares. También de la cuantía de la multa. Desde los 100 euros hasta 600 euros y pérdida de 2 hasta 6 puntos del carné, dependiendo de la velocidad a la que se circule.
De este modo, hay que estar más atentos que nunca para extremar nuestra seguridad vial y no caer en la infracción. Con el objetivo de que no pille a ningún conductor por sorpresa, puedes descargarte la aplicación de Coyote y usarla gratis durante 15 días.
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