Radares que multan por error, ¿cómo recuperar el dinero de la multa?

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Recurrir una multa de tráfico

Los radares y límites de velocidad están siendo grandes protagonistas de la actualidad de tráfico. Si bien las autoridades fomentan su implantación por sus beneficios para la seguridad vial, también existen casos en los que los radares fallan y se multa por error. Como el conocido caso de la N-330.

¿Por qué fallan algunos radares?

El ejemplo mencionado lo encontramos en el radar ubicado en el punto kilométrico 508,1 de la N-330 que une Zaragoza y Huesca. Multó el pasado verano a 2.527 conductores por error.

El problema apareció cuando el cinemómetro fue recalibrado para registrar la infracción relativa al nuevo límite de 90 km/h. Pero en realidad se trata de una vía en la que se puede circular a una velocidad de hasta 100 km/h.

Por suerte, la administración de la DGT se encargó de anular de oficio todas estas multas estivales. Algunos conductores sancionados desconocían el error y se adelantaron a abonar el importe de la multa. La única posibilidad de recuperar el dinero fue recurrir la multa.

¿Cómo recurrir una multa de tráfico?

Señal de radar

El hecho de abonar el pago voluntario reducido, en principio, imposibilita la reclamación administrativa. En este caso el hecho de pagar la multa supone el reconocimiento de la infracción. La DGT aplicó este principio legal al caso de este radar mal calibrado, y a otros de corte similar.

Pero esta condición legal posteriormente debatida en tribunales admite ciertas denuncias y recursos a posteriori. Para ello lo primero que tenemos que tener claro es el motivo de la reclamación.

Para esta ocasión, como también en la del famoso margen de error de los radares, el error del radar constituye un recurso suficiente. Conviene saber que también podemos aducir en nuestra defensa errores de forma como fallos en la identificación de la matrícula o, incluso, en nombres y apellidos.

Plazo y vía para recurrir una multa de tráfico

El plazo establecido para poder recurrir y enmendar una multa mal puesta es de 20 días naturales. Se cuentan a partir de que nos sea notificada la denuncia, que podría producirse tras cometer la infracción o en el domicilio del conductor.

La norma permite beneficiarse de un 50% de descuento si se abona dentro del plazo para recurrir. Ahora bien, supondría el mencionado reconocimiento y, a la vez, lleva consigo el perder la opción de recurrir por la vía administrativa. Si se va a recurrir la máxima es no pagar, pues la DGT no devuelve la cantidad abonada (salvo en excepciones).

El recurso se presenta ante cualquier Jefatura de Tráfico o en las administraciones autonómicas y locales que tengan suscrito un convenio de colaboración. La DGT recoge todas las formalidades de este escrito de alegación o recurso en su sede electrónica.

¿Qué incluye la reclamación?

Recursos ante la Justicia

Entre los datos a aportar se encuentran los personales, los de la propia denuncia (importante el número de expediente de la multa) así como un apartado de alegaciones donde se debe incluir la reclamación y cualquier dato o referencia que pueda servir como prueba.

La interposición del recurso obliga a la administración a una respuesta para poder hacer efectiva la sanción. Y, en caso de que no lo haga o se demore más de la cuenta, podría implicar la prescripción de la sanción.

Si, por el contrario, nos ratifican la sanción, el sistema permite todavía un par de opciones para seguir recurriendo. La primera consiste en acudir en reposición ante el Ministerio del Interior. Contaremos con 30 días para ello. Tras este, se agotará la vía administrativa y podríamos acudir a la jurisdicción judicial de lo contencioso-administrativo.

La prevención, clave para evitar multas

Evitar recurrir una multa de tráfico pasa por no cometer la sanción. Una conducción responsable, junto con la ayuda de dispositivos como Coyote, son los mejores aliados para reducir las probabilidades de vernos abocados a realizar estas gestiones.

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Imágenes | iStock/tuaindeed, iStock/jgaunion e iStock/Andrii Yalanskyi

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