La separación entre vehículos, más allá de la clásica distancia de seguridad

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La separación entre vehículos puede ser frontal y lateral. Estas distancias se aplican en función del tipo de vehículo y afectan especialmente a la maniobra de adelantamiento. Según el Reglamento General de Circulación si no las cumplimos podemos ser sancionados, de modo que más vale tenerlas presentes.

Por seguridad, incumplir estas distancias están catalogadas como infracciones graves o muy graves. Por ejemplo, no respetar la distancia de seguridad con el vehículo de delante implica la pérdida de cuatro puntos del carné. Repasamos la separación óptima entre vehículos con los consejos de la DGT.

¿Por qué existe una distancia mínima entre vehículos?

La distancia frontal entre vehículos no es un capricho. Evita colisiones por alcances e impide que nos sorprenda la frenada brusca del vehículo que nos precede. La separación lateral, por otro lado, es necesaria a la hora de adelantar a otros vehículos con seguridad. De este modo no les perturbamos.

Podemos librarnos de las infracciones si mantenemos en todo momento una distancia suficiente como para que el resto de vehículos circulen sin peligro. Esa es la clave, ya que el motivo tras las multas es evitar situaciones de riesgo. Tanto para nosotros como para otros usuarios.

¿Qué separación frontal y lateral tengo que dejar?

La idea no es ir midiendo con un metro ni hacer cálculos matemáticos mientras conducimos. La proporcionalidad de ambas separaciones (frontal y lateral) dependerá de varios factores:

  • del espacio entre vehículos;
  • nuestra velocidad;
  • la climatología;
  • la anchura y otras características de la calzada;
  • etc.

Por ejemplo, no es lo mismo circular por ciudad a 30 km/h que por carretera a 120 km/h. Y dentro de cada una las posibilidades con y sin lluvia.

Dicho esto, y según Reglamento General de Circulación, existe una separación mínima de 50 metros que deben cumplir los conductores de vehículos de MMA superior a 3500 kg y los vehículos o conjunto de vehículos de más de 10 metros de largo, siempre que circulan detrás de otro vehículo y no tengan intención de adelantar.

Esta separación frontal entre vehículos no se tiene en cuenta si circulamos por una vía urbana, por un tramo donde esté prohibido el adelantamiento o en una vía donde hubiese más de un carril destinado a la circulación en el mismo sentido.

La distancia en adelantamientos (en carretera)

La distancia en adelantamiento es uno de los factores más críticos a la hora de rebasar a un vehículo. Especialmente si este es un vehículo de dos ruedas como una moto o una bici, ya que nuestra presencia podría desestabilizarles. De ahí que la maniobra de adelantamiento solo tenga un lado correcto (izquierda) y una distancia de seguridad.

https://twitter.com/dgtes/status/826500428833636353

Como conductores tenemos la obligación de dejar 1,5 metros con el vehículo al que adelantamos. Una obligación que tiene que cumplir también el conductor de un vehículo de dos ruedas que pretenda realizar el mismo adelantamiento. Es decir, no por ser más vulnerables estamos exentos.

En ambos casos, la maniobra de adelantamiento deberá realizarse ocupando parte o la totalidad del carril contiguo de la calzada. Además, si adelantamos a algunos vehículos concretos (bicicletas, ciclos, ciclomotores, animales y vehículos de tracción animal) podremos saltarnos la línea contínua.

Todo ello y teniendo en cuenta dos puntos imprescindibles: la velocidad a la que circulen, que ha de ser muy inferior a la nuestra, y siempre que se pueda adelantar sin riesgo.

Por ejemplo, si conducimos en una carretera de montaña con 50 km/h de máxima y un ciclista la desciende a 45 km/h, ¿podemos adelantarle cruzando la línea contínua? Sí, pero maximizando la seguridad y teniendo en cuenta que quizá tardemos mucho en adelantarle a 5 km/h relativos.

¿Algún truco para guardar la distancia de seguridad?

Para guardar la distancia de seguridad existen algunos vehículos que llevan incorporado ayudas electrónicas para mantener esas separaciones necesarias entre vehículos. Por ejemplo, el asistente de mantenimiento de carril y detector de vehículos.

https://twitter.com/DGTes/status/1001726926719987712

En el caso de no disponer de dichos dispositivos de ayuda, podremos aplicar la regla del “1101, 1102…” respecto a un punto fijo en la vía para controlar la distancia de seguridad. O el uso de retrovisores complementarios en el vehículo para guardar la separación lateral.

Toda precaución es poca, ya que dos segundos pueden ser insuficientes ante frenadas bruscas, con mal tiempo o el asfalto mojado. Por otro lado, la regulación de los espejos al subirnos al vehículo y la mirada frecuente por el retrovisor interior y exteriores también evita incidentes durante la conducción.

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En MyCoyote | La diferencia entre distancia de reacción y distancia de frenado, y lo que tienen que ver en seguridad vial

Imágenes | iStock/olaser

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