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¿Cómo saber si me ha pillado el radar?

¿Me ha pillado o no me pillado el flash? Seguro que lo has visto, el flash del radar automático. ¿Pero iba dirigido a ti? ¿Te sancionarán por exceso de velocidad? ¿Cómo saber si realmente te ha pillado el flash de un radar?  

¿Cuándo recibiré la multa?

En primer lugar, sabes que, si te ha detectado un radar, recibirás la multa en tu domicilio en un plazo de una semana a quince días. Si ya ha pasado el plazo y no has recibido nada, ¡no te alegres tan deprisa! Puede ser que la multa te llegue con retraso. Tendrás que esperar un año para estar seguro de que ha prescrito.  

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¿Por qué no me han sancionado? 

Pero entonces, ¿Cómo es que te detectó el radar y no has recibido nada? Hay varias hipótesis que pueden explicarlo:

  • En realidad, no fue a ti a quien le pilló el flash, sino al automovilista de delante, al de atrás o al del carril contiguo. 
  • La foto resultó inutilizable. Ten en cuenta, que en el caso de un radar con luz roja, se deben poder utilizar dos fotos. Si se ha tomado solo una, no puedes ser sancionado. 
  • Se perdió el correo. Este caso es bastante frecuente cuando el domicilio que aparece en el documento de matriculación de tu vehículo es diferente al de tu lugar de residencia. En este caso, ¡cuidado! ¡Actualiza deprisa tu certificado de matriculación! Porque en el caso de se pierda el correo, corres el riesgo de recibir una multa mayor, y esta por correo certificado. Un recargo que puedes recurrir en este supuesto. Sin embargo, no actualizar la dirección del registro del automóvil cuando cambias de domicilio constituye en sí una infracción.
  • Leer más sobre los radares: ¿Cuánto tarda en llegar a casa una multa por radar?

¿Qué hacer si recibes una multa cuando no estabas conduciendo?

Si has dejado tu vehículo a un familiar y le ha pillado el radar, tú recibirás la multa en tu nombre porque es tu identidad y tu domicilio los que aparecen en tu certificado de matriculación.  

Tienes la opción de recurrirlo. El conductor recibirá entonces la multa en su domicilio y esta no se incrementará si se paga a tiempo. Además, puedes justificar que técnicamente no podías conducir el vehículo en cuestión en el momento de los hechos, porque, por ejemplo, viajabas en tren o por otra eventualidad. 

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