El organismo de la Dirección General de Tráfico (DGT) ha tenido que adaptarse a las nuevas tecnologías y modernizar la forma de tramitar los controles de policía. Ya no es necesario llevar consigo el carnet de conducir físico, pero sí se debe llevar en formato virtual gracias a la aplicación gratuita MiDGT que ha puesto al servicio de todos los conductores centralizando la información y las gestiones en tu dispositivo móvil.
Hasta ahora siempre era obligatorio cargar con el carnet de conducir físico si decidías circular con un vehículo. Si no lo portabas en un control policial, se consideraba una infracción leve y recibías una multa de 100 euros.
Con el cambio de la normativa de tráfico, este carnet es otro de los documentos que puedes llevar siempre en el móvil en la nueva aplicación de su sede electrónica.
Recuerda que son tres los documentos en vigor que debes llevar obligatoriamente: el permiso de conducir, el permiso de circulación y la tarjeta del inspección técnica (ITV) del vehículo. Los dos primeros están disponibles en la aplicación móvil y tienen la misma validez legal que los documentos físicos para poder conducir dentro del territorio nacional.
Ahora bien, el virtual no es válido cuando viajes al extranjero. Si decides ir a otro país donde no se requiera conducir con un permiso internacional, el carnet de conducir que lleves debe ser el físico y no el virtual.
Toda esta documentación es igualmente obligatoria si conduces un vehículo de alquiler. Por lo tanto, presta atención a que te la faciliten antes de empezar a circular con él.
El único documento que ya no es exigible llevar en el automóvil desde el año 2008 es la póliza de seguro, ni el último recibo justificando su pago.
La Ley de Tráfico exige que todos los documentos exigibles, tanto los virtuales como los físicos, estén en vigor. De lo contrario, en caso de control policial, podrías enfrentarte a una multa de 200 euros por considerarse una infracción grave sin pérdida de puntos del carnet de conducir. Por eso, es recomendable ponerse una alerta en el móvil, como recordatorio que ha llegado la hora de renovarlo, y ya lo puedes hacer electrónicamente. La DGT da la facilidad de que siempre se puede renovar hasta 3 meses antes de que caduque y el nuevo carnet de conducir solo comenzará a contar desde el día del vencimiento, no desde el día que se renovó.
Aunque la DGT entra en la era tecnológica con su aplicación MiDGT, desde el organismo recomiendan que se lleven las dos opciones de carnet: la física y la virtual. La razón principal es porque el móvil se puede quedar sin batería y podemos acabar indocumentados. Además, si los agentes de control no pertenecen a la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil es probable que no dispongan de los lectores de QR para verificar el carnet electrónico.
En conclusión, si nos movemos dentro del territorio español podemos hacer uso del carnet de conducir y del permiso de circulación del vehículo con un formato digital, corriendo el riesgo de que el agente de vigilancia no esté preparado con la herramienta tecnológica para comprobar nuestro carnet virtual. Así que, como persona precavida vale por dos, seguiré llevando los dos formatos, por si acaso.